El arzobispo y cardenal de Barcelona, Juan José Omella, que es además presidente de la Conferencia Episcopal Española, ha permitido que entre las conclusiones de la fase diocesana del sínodo para la sinodalidad de su archidiócesis, aparezca la petición de que las mujeres puedan ser ordenadas. A su vez, también piden que desaparezca el celibato obligatorio para los sacerdotes de rito latino. De hecho, en el acto de clausura de esa fase diocesana, celebrado en el colegio La Immaculada de los maristas de Barcelona, que contó con la asistencia de más de 700 personas, el cardenal Omella dijo que «todos vamos en la misma barca».
Y es que anteriormente la Iglesia ya se ha pronunciado a este respecto, pero parece que el cardenal lo ignora, lo ha olvidado o no le interesa.
el 15 de octubre de 1976 la Congregación para la doctrina de la Fe emitió una declaración y posteriormente la carta apostólica Ordinatio sacerdotalis de San Juan Pablo II, quién también durante la Misa expresó:
Si bien la doctrina sobre la ordenación sacerdotal, reservada sólo a los hombres, sea conservada por la Tradición constante y universal de la Iglesia, y sea enseñada firmemente por el Magisterio en los documentos más recientes, no obstante, en nuestro tiempo y en diversos lugares se la considera discutible, o incluso se atribuye un valor meramente disciplinar a la decisión de la Iglesia de no admitir a las mujeres a tal ordenación.
Por tanto, con el fin de alejar toda duda sobre una cuestión de gran importancia, que atañe a la misma constitución divina de la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar en la fe a los hermanos (cf. Lc 22,32), declaro que la Iglesia no tiene en modo alguno la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres, y que este dictamen debe ser considerado como definitivo por todos los fieles de la Iglesia.
A pesar de la claridad de la declaración magisterial pontificia de Juan Pablo II, hubo quien consultó a Doctrina de la Fe sobre el carácter definitivo de dicha enseñanza. El cardenal Ratzinger, luego papa Benedicto XVI, publicó la siguiente respuesta como prefecto del dicasterio doctrinal:
Pregunta: Si la doctrina que debe mantenerse de manera definitiva, según la cual la Iglesia no tiene facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres propuesta en la Carta Apostólica Ordinatio sacerdotalis, se ha de entender como perteneciente al depósito de la fe.
Respuesta: Sí.
Esta doctrina exige un asentimiento definitivo, puesto que, basada en la Palabra de Dios escrita y constantemente conservada y aplicada en la Tradición de la Iglesia desde el principio, ha sido propuesta infaliblemente por el Magisterio ordinario y universal (cf. Lumen gentium, 25,2). Por consiguiente, en las presentes circunstancias, el Sumo Pontífice, al ejercer su ministerio de confirmar en la fe a sus hermanos (cf. Lc 22,32), ha propuesto la misma doctrina con una declaración formal, afirmando explícitamente lo que siempre, en todas partes y por todos los fieles se debe mantener, en cuanto perteneciente al depósito de la fe.
Y más recientemente, el actual Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha recordado que se trata de una doctrina definitiva, que no puede ser alterada. Y además, ha indicado lo siguiente:
En segundo lugar, las dudas planteadas sobre el carácter definitivo de la Ordinatio sacerdotalis tienen graves consecuencias también sobre el modo de entender el Magisterio de la Iglesia. Es importante reiterar que la infalibilidad no se expresa sólo en los pronunciamientos solemnes de un Concilio o del Sumo Pontífice cuando habla ex cathedra, sino también en la enseñanza ordinaria y universal de los obispos de todo el mundo, cuando proponen, en comunión entre ellos y con el Papa, la doctrina católica que se ha de sostener definitivamente.
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